Anulan orden de allanamiento contra jueces y fiscales por caso “Topo”
La decisión cuestionó la poca fundamentación que hizo la jueza que ordenó dicha diligencia judicial.
Una jueza de apelación declaró ineficaz la orden de allanamiento contra varios funcionarios judiciales investigados por tráfico de influencias. Esto implica que esta orden es nula y también afecta cualquier prueba o indicio encontrado durante estos operativos.
El caso, conocido como “Topo”, tiene a tres jueces y tres fiscales señalados por el Ministerio Público como sospechosos de filtrar información a un abogado particular que, supuestamente, defendía a personas acusadas de crimen organizado. Ese abogado, de apellido Ulloa, fue asesinado a balazos en febrero de 2024.
La hipótesis de los investigadores es que Ulloa se aprovechó de ser amigo o conocido de estos funcionarios judiciales para lograr que estos le dieran información privilegiada.
Los jueces y fiscales fueron detenidos hace un año y se realizaron allanamientos en sus viviendas. Uno de ellos, inclusive, estuvo en prisión preventiva durante unos días.
Los abogados defensores de los investigados presentaron una apelación para declarar ineficaz la orden de allanamiento contra los funcionarios judiciales, argumentando que la decisión no estaba fundamentada.
La jueza a cargo de resolver la apelación determinó que los defensores tenían la razón, pues no se motivó debidamente el allanamiento.
“La orden de allanamiento, simplemente, lo que refiere es que el Fiscal gestionó el allanamiento, y la jueza de garantías no se preocupara en analizar cada fundamento esbozado por el fiscal, y lo más importante, motivar los fundamentos de hecho y derecho por los cuales el a quo llegó al convencimiento de lo resuelto”, señaló la jueza que declaró ineficaz el allanamiento, en una resolución de la que Teletica.com tiene copia.
“No es necesario hacer un esfuerzo intelectual para concluir la falta de razonamientos por parte de la jueza de garantía en la resolución que se apela, pues hace suyo los argumentos de la Fiscalía, sin que de la comparación entre ambas piezas jurídicas se logre deslindar cuál es el razonamiento propio”, agrega el documento.
Los allanamientos son una medida que vulnera un derecho fundamental, como lo es la inviolabilidad del domicilio, razón por la cual debe ser muy bien justificada por quien la ordena.
“Esta carencia deviene necesariamente en falta de fundamentación en relación con el artículo 142 del Código Procesal Penal, el cual establece la obligación de razonar adecuadamente los autos y las sentencias; y esto no significa otra cosa, que la expresa indicación de los razonamientos de hecho y de derecho que llevan a la autoridad jurisdiccional a resolver de determinada manera; no la simple mención de los requerimientos de las partes, ni la utilización de frases rutinarias o la simple descripción de los hechos”, se analiza por parte de la jueza que resolvió la apelación.
Esta resolución que declara ineficaz la orden de allanamiento también afecta todo lo que puede haberse encontrado en la diligencia, anulando su validez.